JUSTICIA Y VENGANZA. La vuelta al populismo punitivo

19 de Febrero de 2018

JUSTICIA Y VENGANZA
La vuelta al populismo punitivo


Estos días vuelve a surgir la discusión pública sobre la prisión permanente revisable (PPR), un eufemismo para no llamar las cosas por su nombre, es decir la cadena perpetua. En casi todos los países  donde existe esta pena, esta es revisable, por lo tanto, ¿Por qué no llamarlo por su nombre?


 ¿Quién no se solidariza y comprende a una madre o padre al que un vil asesino le ha arrebatado a su hijo o hija y desea el mayor castigo posible para el culpable? Los poderes publicos deben guiarse por la lógica de la razón.  El Gobierno ha sacado ahora de la chistera la ampliación de los casos para la aplicación de la PPR y CIUDADANOS  lo aplaude,  no importa que esta medida no figurase en sus programas electorales, el caso es sacar redito político y electoral  sin pensar en posibles consecuencias en la arquitectura punitiva  que ha gozado de un amplio consenso desde la aprobación de la Constitución.


Veamos algunas de sus argumentos :


1º La inseguridad ciudadana: España es uno de los países de la Unión Europea con la tasa de delitos violentos (asesinatos, violaciones) y en general de criminalidad más baja, y con una enorme eficacia policial, esclareciéndose casi la totalidad de los delitos violentos.


2º Entran por una puerta y salen por otra: España tiene una de las  tasas de reclusión   más alta de Europa con147 presos por cada 100.000 habitantes  , siendo muy superior a paises como Francia con 98 o los 79 de Alemania. La estancia media de un preso en España es casi tres veces superior a la de Alemania.


3º Las penas son muy benévolas: España tiene una pena de prisión de hasta 40 años, casi ningún país de nuestro entorno tiene un límite penal tan elevado. Es cierto que algunos países contemplan en su código penal la cadena perpetua, pero esta es revisable, por ejemplo en Alemania a los 15 años. Sin embargo,  en España la actual PPR no se puede revisar hasta que haya cumplido al menos 25 años de prisión


4º No son reinsertables. Esta afirmación atenta contra la letra y el espíritu de la Constitución que consagran el principio de reeducación y reinserción  social. Las penas indeterminadas como la PPR atentan contra estos principios. ¿Cómo se va a desarrollar el tratamiento penitenciario con esa incertidumbre de cumplimiento? El Tribunal Constitucional lleva ya dos años en espera de pronunciarse al respecto. ¿Si efectivamente pensamos que hay personas incorregibles, qué sentido tiene el mantenerlas encerradas de por vida? No seamos hipócritas y  apliquemos la Ley del Talión (ojo por ojo y diente por diente) y acabemos con ellas, es mucho más económico. Los penitenciaristas partimos de la idea de que toda persona es recuperable para la sociedad, tenemos que tener medios suficientes y la sociedad a la hora de acogerlos también tiene que poner de su parte.


5º Van a reincidir. Afortunadamente la reincidencia en delitos violentos es bastante baja, aunque lógicamente la reincidencia en estos delitos es más grave que en otros. No se quiere reconocer la enorme labor que realizan los profesionales penitenciarios y los Jueces de Vigilancia Penitenciaria para que esto sea posible. Este recelo hacia estos profesionales lo apreciamos al no concederles a estos órganos las atribuciones para conceder la libertad condicional a los penados a PPR, trastocando el sistema penitenciario español instaurado en  la primera ley orgánica de la democracia, la Ley Penitenciaria. Esta desconfianza no es entendible. Si tenemos en cuenta la cantidad de internos que salen de permisos o están en régimen abierto, el número de  fracasos (comisión de nuevos delitos, quebrantamientos)es insignificante, aunque cuando los hay ocupen las portadas de los periódicos.   


6º Es una medida preventiva e intimidatoria. Nada más lejos de la realidad. El endurecimiento de las penas nada tiene que ver con el mayor o menor índice de delitos. Un ejemplo claro lo tenemos en Estados Unidos, a pesar de la aplicación de la pena de muerte sigue siendo uno de los países más violentos del mundo. En la comisión de delitos violentos (excluimos el terrorismo) no existe por regla general planificación. Es decir, no se sopesa si al cometer un delito le va a caer una pena más o menos grave por lo que no tiene efectos intimidatorios directos. ¿La aplicación en España de la PPR ha contribuido a la disminución de los delitos violentos? La respuesta es sencilla, No


7º La estancia indeterminada en prisión contribuirá a que el interno cambie. Una persona sin horizontes temporales a los qué atenerse  será difícil que pretenda cambiar sus actitudes. Nos encontraremos con internos que no tienen nada que perder, por lo tanto adoptaran bien una actitud violenta contra la institución o por el contrario una actitud de pasividad total. Varios organismos internacionales apuntan que una estancia en prisión más allá de 20 años podría llegar a considerarse como un trato inhumano y degradante, conllevando secuelas psíquicas. Estas secuelas son de por vida y a mayor estancia en prisión más difícil será la reinserción del recluso. Las consecuencias reales serán que el Estado tenga que tutelar y mantener a esas personas de por vida, difícilmente van a saber mantenerse por sí mismo cuando han estado casi toda su vida atendidos en todas sus necesidades básicas (alimentación, techo, vestido) por los poderes públicos.

Granada, a cinco de febrero del 2018
Nahum Alvarez Borja
Licenciado en Sociología y en Derecho
Ex Director del Centro Penitenciario de Albolote

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Categorías: Movímiento Obrero

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